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Majadahonda, Comunidad de Madrid, España

Bonificación del IBI por instalación de energía solar — Majadahonda

AbiertoBonificación del impuesto sobre bienes inmueblesViviendasActualizado el 28 de septiembre de 2026

50 % de descuento en el IBI durante 8 años para viviendas cuya instalación solar aporte al menos el 40 % de su energía.

Cuánto da
Bonificación del 50 % del IBI durante 8 años
Estado
AbiertoFin: Sin fecha de fin publicada

Quién puede pedirlo

Inmuebles urbanos residenciales (viviendas); una vez por inmueble; solicitud antes del 1 de enero.

Cómo solicitarlo

Se solicita a través de la página oficial. Comprueba antes estos puntos:

  • Solo viviendas
  • La solar debe aportar al menos el 40 % del suministro energético total (proyecto o informe técnico)
  • Solicitud antes del 1 de enero del año en que deba aplicarse
  • La instalación debe ser voluntaria (no exigida por la normativa de edificación en obra nueva o grandes reformas)
Página oficial: Ayuntamiento de Majadahonda — Ordenanza fiscal nº 2 IBI, art. 7.5

Fechas

Inicio
Ya en vigor
Fin
Sin fecha de fin publicada
Última revisión
Investigación documental del 28 de septiembre de 2026, pendiente de revisión por una persona

Las páginas de región recogen todos los programas del lugar con el precio habitual y la amortización.

Preguntas

¿Está abierto Bonificación del IBI por instalación de energía solar — Majadahonda ahora?

Sí. Bonificación del IBI por instalación de energía solar — Majadahonda está abierto hoy según sus fechas publicadas.

¿Quién puede pedir Bonificación del IBI por instalación de energía solar — Majadahonda?

Inmuebles urbanos residenciales (viviendas); una vez por inmueble; solicitud antes del 1 de enero.

¿Cuánto da Bonificación del IBI por instalación de energía solar — Majadahonda?

Bonificación del 50 % del IBI durante 8 años.

¿Cómo se solicita Bonificación del IBI por instalación de energía solar — Majadahonda?

A través de la página oficial (Ayuntamiento de Majadahonda — Ordenanza fiscal nº 2 IBI, art. 7.5). Comprueba antes: La solar debe aportar al menos el 40 % del suministro energético total (proyecto o informe técnico); Solicitud antes del 1 de enero del año en que deba aplicarse; La instalación debe ser voluntaria (no exigida por la normativa de edificación en obra nueva o grandes reformas).

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