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Málaga, Andalucía, España

Bonificación del ICIO por instalación de energía solar — Málaga

AbiertoBonificación del impuesto sobre construccionesViviendas y empresasActualizado el 28 de septiembre de 2026

95 % de descuento en el impuesto de construcciones (ICIO) para instalaciones solares fotovoltaicas conectadas a la red.

Cuánto da
Bonificación del 95 % del ICIO
Estado
AbiertoFin: Sin fecha de fin publicada

Quién puede pedirlo

Reduce un 95 % el impuesto municipal de construcciones (ICIO, 3,8 % del coste material) sobre la parte solar de la obra. Se pide con la licencia o la declaración responsable de obras.

Cómo solicitarlo

Se solicita a través de la página oficial. Comprueba antes estos puntos:

  • La instalación no debe ser obligatoria según la normativa de edificación (como en la obra nueva sujeta al CTE)
  • Aprobación de la instalación por el órgano competente; presupuesto y factura firmados por un técnico
Página oficial: Ayuntamiento de Málaga — Ordenanza fiscal nº 4 ICIO, art. 8

Fechas

Inicio
Ya en vigor
Fin
Sin fecha de fin publicada
Última revisión
Investigación documental del 28 de septiembre de 2026, pendiente de revisión por una persona

Las páginas de región recogen todos los programas del lugar con el precio habitual y la amortización.

Preguntas

¿Está abierto Bonificación del ICIO por instalación de energía solar — Málaga ahora?

Sí. Bonificación del ICIO por instalación de energía solar — Málaga está abierto hoy según sus fechas publicadas.

¿Quién puede pedir Bonificación del ICIO por instalación de energía solar — Málaga?

Reduce un 95 % el impuesto municipal de construcciones (ICIO, 3,8 % del coste material) sobre la parte solar de la obra. Se pide con la licencia o la declaración responsable de obras.

¿Cuánto da Bonificación del ICIO por instalación de energía solar — Málaga?

Bonificación del 95 % del ICIO.

¿Cómo se solicita Bonificación del ICIO por instalación de energía solar — Málaga?

A través de la página oficial (Ayuntamiento de Málaga — Ordenanza fiscal nº 4 ICIO, art. 8). Comprueba antes: La instalación no debe ser obligatoria según la normativa de edificación (como en la obra nueva sujeta al CTE); Aprobación de la instalación por el órgano competente; presupuesto y factura firmados por un técnico.

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