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L'Eliana, Comunitat Valenciana, España

Bonificación del IBI por instalación de energía solar — L'Eliana

AbiertoBonificación del impuesto sobre bienes inmueblesViviendasActualizado el 28 de septiembre de 2026

30 % de descuento en el IBI durante 3 años para viviendas cuyos propietarios pagan una instalación solar fotovoltaica (50 % con fotovoltaica más solar térmica), como mucho 180 € al año y el 10 % del coste.

Cuánto da
Bonificación del 30 % del IBI durante 3 años
Estado
AbiertoFin: Sin fecha de fin publicada

Quién puede pedirlo

Inmuebles residenciales cuyos propietarios pagan la instalación; sistemas nuevos, no ampliaciones ni sustituciones.

Cómo solicitarlo

Se solicita a través de la página oficial. Comprueba antes estos puntos:

  • Solo viviendas
  • No para ampliaciones ni sustituciones de sistemas existentes
  • Licencia o declaración responsable, factura y certificado de la instalación
  • La instalación debe ser voluntaria (no exigida por la normativa de edificación en obra nueva o grandes reformas)
Página oficial: Ajuntament de l'Eliana — Ordenanza fiscal IBI, art. 3.(VI)c

Fechas

Inicio
Ya en vigor
Fin
Sin fecha de fin publicada
Última revisión
Investigación documental del 28 de septiembre de 2026, pendiente de revisión por una persona

Las páginas de región recogen todos los programas del lugar con el precio habitual y la amortización.

Preguntas

¿Está abierto Bonificación del IBI por instalación de energía solar — L'Eliana ahora?

Sí. Bonificación del IBI por instalación de energía solar — L'Eliana está abierto hoy según sus fechas publicadas.

¿Quién puede pedir Bonificación del IBI por instalación de energía solar — L'Eliana?

Inmuebles residenciales cuyos propietarios pagan la instalación; sistemas nuevos, no ampliaciones ni sustituciones.

¿Cuánto da Bonificación del IBI por instalación de energía solar — L'Eliana?

Bonificación del 30 % del IBI durante 3 años.

¿Cómo se solicita Bonificación del IBI por instalación de energía solar — L'Eliana?

A través de la página oficial (Ajuntament de l'Eliana — Ordenanza fiscal IBI, art. 3.(VI)c). Comprueba antes: No para ampliaciones ni sustituciones de sistemas existentes; Licencia o declaración responsable, factura y certificado de la instalación; La instalación debe ser voluntaria (no exigida por la normativa de edificación en obra nueva o grandes reformas).

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