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Ayudas y bonificaciones

Deducción IRPF por placas solares en 2026: ¿10%, 40% o 60%?

En 2026 hay dos vías en el IRPF para las placas solares de una vivienda: la nueva deducción del 10% (o 20%) por autoconsumo y las deducciones del 20/40/60% por eficiencia energética, prorrogadas. Cuál aplica a una casa, qué exige cada una y cuánto supone.

Si instalas placas solares en tu vivienda en 2026, el IRPF estatal ofrece dos caminos. La nueva deducción por autoconsumo permite deducir el 10% de hasta 5.000 € pagados en 2026, baterías incluidas, es decir, 500 € como máximo, sin certificados energéticos. La deducción por eficiencia energética permite deducir el 40% de hasta 7.500 € (3.000 € como máximo), pero solo si los certificados energéticos de antes y después acreditan al menos un 30% menos de energía primaria no renovable o una letra A o B. Ambas no se pueden aplicar a la misma instalación.

En esta guía comparamos las dos vías, aclaramos lo del «60% por poner placas» y hacemos las cuentas para una vivienda tipo. Nos basamos en el texto consolidado de la Ley del IRPF en el BOE y en la sede de la Agencia Tributaria (AEAT), consultados a 7 de octubre de 2026. Es información general, no asesoramiento fiscal: confirma tu caso con un asesor o con la AEAT.

¿Qué ha cambiado en 2026?

El Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo (BOE del 21 de marzo, convalidado por el Congreso por Resolución de 26 de marzo de 2026), hizo dos cosas que afectan a los propietarios:

  1. Creó una deducción nueva por autoconsumo renovable (disposición adicional sexagésima segunda de la Ley del IRPF), solo para 2026.
  2. Prorrogó las deducciones por eficiencia energética (disposición adicional quincuagésima): obras en la vivienda hasta el 31 de diciembre de 2026 y obras en edificios residenciales hasta el 31 de diciembre de 2027.

Son deducciones en la cuota íntegra estatal. En el País Vasco y Navarra el IRPF se rige por normativa foral propia, así que estas disposiciones estatales no se aplican allí tal cual.

¿Cómo funciona la nueva deducción del 10% / 20% por autoconsumo?

Según la ley y el resumen de la AEAT:

  • Porcentaje: 10% de lo pagado por instalar en un inmueble de tu propiedad un sistema de autoconsumo eléctrico con energía renovable; 20% si la instalación se hace en viviendas ubicadas en edificios de uso predominantemente residencial. Una misma instalación no puede acogerse a las dos.
  • Base: cantidades pagadas entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026, con un máximo de 5.000 € anuales. Cuentan los equipos y materiales, la instalación y las obras necesarias, y se incluyen expresamente los sistemas de almacenamiento.
  • Plazo: la instalación debe terminar en 2026 y la deducción se aplica en el periodo en que finaliza, que no puede ser posterior a 2026.
  • Forma de pago: tarjeta, transferencia, cheque nominativo o ingreso en cuenta. El efectivo queda excluido.
  • Documentación: las autorizaciones y permisos exigidos y, en particular, el Certificado de Instalaciones Eléctricas (CIE) según el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión y el RD 244/2019.
  • Subvenciones: lo subvencionado (o que vaya a serlo) con ayudas públicas se resta de la base.
  • Actividad económica: no hay deducción si la instalación está afecta a una actividad económica; si se afecta después, se pierde la deducción practicada.
  • Incompatibilidad: no se puede combinar con las deducciones por eficiencia energética de la disposición quincuagésima para la misma instalación en el mismo inmueble.

El máximo es, por tanto, 500 € al 10% y 1.000 € al 20%. Los textos de la AEAT que hemos consultado no aclaran si una vivienda unifamiliar cuenta como «vivienda ubicada en un edificio de uso predominantemente residencial» a efectos del 20%, así que lo prudente en una casa es contar con el 10% mientras la AEAT o la Dirección General de Tributos (DGT) no digan otra cosa.

¿Qué son las deducciones del 20%, 40% y 60% por eficiencia energética?

Existen desde octubre de 2021 y se han prorrogado varias veces. A octubre de 2026:

DeducciónQué hay que acreditarBase anualMáximoPlazo de obras / certificado
20% (DA 50ª.1)Al menos un 7% menos de demanda de calefacción y refrigeración de la vivienda5.000 €1.000 €Obras hasta 31/12/2026; certificado antes del 1/1/2027
40% (DA 50ª.2)Al menos un 30% menos de energía primaria no renovable, o letra A o B7.500 €3.000 €Obras hasta 31/12/2026; certificado antes del 1/1/2027
60% (DA 50ª.3)El mismo resultado, pero en el edificio completo y en su certificado5.000 € al año, arrastrable 4 años, 15.000 € en total9.000 € en totalObras hasta 31/12/2027; certificado antes del 1/1/2028
10% / 20% autoconsumo (DA 62ª)Sin certificado energético; CIE obligatorio5.000 €500 € / 1.000 €Terminada y pagada en 2026

Reglas comunes de las deducciones del 20%, 40% y 60%:

  • El 20% y el 40% se aplican a la vivienda habitual o a otra de tu propiedad alquilada como vivienda (o que se alquile antes del 31 de diciembre de 2027). El 60% corresponde a los propietarios de viviendas del edificio, también segundas residencias, según el manual de la AEAT.
  • Hace falta un certificado de eficiencia energética anterior a las obras (válido si se expidió como mucho dos años antes de empezarlas) y otro posterior, ambos expedidos y registrados conforme al RD 390/2021.
  • La deducción se aplica en el ejercicio en que se expide el certificado posterior.
  • El coste de los propios certificados forma parte de la base; los equipos que usan combustibles fósiles, no.
  • Rigen las mismas reglas de pago (nada en efectivo) y de subvenciones.
  • El 20% y el 40% no se pueden aplicar a la misma obra, y no cubren garajes, jardines, piscinas ni elementos análogos.

Para unas placas solares, la que suele encajar es la del 40%: la generación fotovoltaica reduce el indicador de energía primaria no renovable de la vivienda. La del 20% mide la demanda de calefacción y refrigeración, que depende sobre todo del aislamiento y las ventanas. En la consulta vinculante V1462/2025, de 5 de agosto de 2025, la DGT confirmó que la aerotermia, las placas solares, el cambio de ventanas y el aislamiento encajan, en principio, en estas deducciones, según la mejora alcanzada y el resto de requisitos.

¿El 60% se aplica a una casa con placas solares?

Decir que «las placas solares desgravan un 60%» es incorrecto como regla general. El 60% es una deducción por obras de rehabilitación energética en edificios de uso predominantemente residencial, y la mejora tiene que constar en el certificado energético del edificio: al menos un 30% menos de consumo de energía primaria no renovable, o la letra A o B.

El manual práctico de Renta 2025 de la AEAT añade que las obras deben realizarse sobre el conjunto del edificio: la vivienda unifamiliar completa o un bloque completo. Las actuaciones que un propietario hace solo en su piso no dan derecho a esta deducción. En la práctica:

  • Vivienda unifamiliar: el 60% solo es posible si las obras sobre la casa en su conjunto, placas incluidas, logran la mejora exigida en los certificados. Instalar placas no da derecho por sí solo.
  • Piso en un bloque: el 60% se aplica cuando la comunidad de propietarios mejora todo el edificio; cada propietario deduce según su coeficiente de participación.

La interpretación de estas reglas para viviendas unifamiliares no siempre ha sido uniforme. Si tu presupuesto cuenta con el 60%, consúltalo con un asesor antes de firmar y asegúrate de que el técnico certificador pueda acreditar el resultado por escrito.

¿Qué deducción le conviene a una casa con placas?

Una forma sencilla de decidir:

  1. Sin certificados, o con una mejora dudosa: la deducción del 10% por autoconsumo. Es la más sencilla: CIE, factura pagada con tarjeta o transferencia e instalación terminada en 2026.
  2. Los certificados acreditan al menos un 30% menos de energía primaria no renovable, o letra A/B: el 40% suele salir mejor, hasta 3.000 €.
  3. Reforma energética de toda la casa con resultado certificado, quizá terminando en 2027: estudia el 60% con un asesor.

Además necesitas cuota suficiente: en la V1462/2025 la DGT recuerda que la deducción no puede superar la suma de la cuota íntegra estatal y autonómica del ejercicio.

Ejemplo práctico: 5 kWp con una batería de 5 kWh

Una familia es propietaria de una vivienda unifamiliar, su vivienda habitual, en una comunidad sin deducción autonómica propia. Los precios salen del modelo de SolarPlan: unos 6.000 € por 5 kWp de placas (1,20 € por vatio, escalado desde la media de APPA para 2025, unos 6.700 € para una vivienda de 5,5 kW) y unos 3.450 € por una batería de 5 kWh (estimación de SolarPlan a partir de precios de instaladores, no una cifra oficial). Total: 9.450 €, pagados por transferencia, sin subvenciones, con la instalación terminada en noviembre de 2026.

VíaBaseDeducción
10% autoconsumo5.000 € (máximo)500 €, en la renta de 2026
40% eficiencia energética, si los certificados acreditan ≥30%7.500 € (máximo)3.000 €; 2.400 € si solo cuentan los 6.000 € de las placas
60% rehabilitación del edificio, si se aplica a la casa5.000 € en 2026 + 4.450 € en 20273.000 € + 2.670 € = 5.670 € en dos declaraciones

Las filas del 40% y del 60% solo se alcanzan con certificados que acrediten la mejora, y la del 60% depende además de que la casa se considere el edificio completo. Si la familia recibiera también una subvención autonómica de 1.000 €, la base de cualquiera de estas deducciones bajaría en 1.000 €.

Puedes ver un rango de precios para tu tejado en el índice de precios solares de SolarPlan o hacer un plan gratuito para tu vivienda, que muestra las deducciones que aplica el modelo.

¿Hay también deducciones autonómicas y bonificaciones de IBI e ICIO?

Sí, y a veces pesan más que la estatal:

  • Deducciones autonómicas. Varias comunidades tienen deducciones propias por autoconsumo. En la Comunitat Valenciana, por ejemplo, el manual de Renta 2025 de la AEAT recoge el 40% de lo invertido en la vivienda habitual (20% en otras viviendas), con una base de hasta 8.800 € por vivienda y año. Consulta la tuya en la página de España, en la guía de la deducción IRPF y en programas.
  • IBI. La Ley de Haciendas Locales permite a los ayuntamientos bonificar hasta el 50% del IBI de los inmuebles con sistemas de aprovechamiento solar.
  • ICIO. También permite bonificar hasta el 95% del ICIO de las obras que incorporen esos sistemas.

El porcentaje, la duración y los requisitos concretos dependen de la ordenanza fiscal de cada ayuntamiento. Si una deducción autonómica es compatible con la estatal sobre la misma factura conviene confirmarlo con un asesor.

Lista de comprobación antes de firmar

  • Instalación terminada y pagada en 2026 si quieres la deducción por autoconsumo.
  • Paga con tarjeta o transferencia, nunca en efectivo, y guarda las facturas.
  • Pide al instalador el CIE y la inscripción del autoconsumo.
  • Para el 40% o el 60%, encarga el certificado energético antes de empezar las obras, y el segundo al terminar.
  • Resta de la base cualquier subvención.
  • No afectes la instalación a una actividad económica.
  • Revisa la deducción autonómica y la ordenanza de IBI/ICIO de tu ayuntamiento.

Las reglas han cambiado varias veces desde 2021 y puede haber más cambios antes de presentar la renta de 2026. Consulta la sede de la AEAT o a un asesor antes de aplicar la deducción.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto puedo deducirme en la renta por placas solares instaladas en 2026?

Con la nueva deducción por autoconsumo, el 10% de hasta 5.000 € pagados en 2026, es decir, 500 € como máximo, o el 20% (hasta 1.000 €) en viviendas de edificios de uso predominantemente residencial. Si los certificados energéticos de antes y después acreditan al menos un 30% menos de energía primaria no renovable, la deducción del 40% puede llegar a 3.000 €.

¿Se aplica la deducción del 60% a placas solares en una vivienda unifamiliar?

No de forma automática. El 60% es para obras de rehabilitación energética del edificio completo, acreditadas con su certificado energético (al menos un 30% menos de energía primaria no renovable o letra A o B). Según el manual de la AEAT, en una vivienda unifamiliar las obras deben afectar al conjunto de la vivienda, y las placas solo cuentan si los certificados reflejan ese resultado.

¿Las baterías entran en la deducción por autoconsumo de 2026?

Sí. La nueva deducción (disposición adicional sexagésima segunda de la Ley del IRPF) incluye expresamente los sistemas de almacenamiento, dentro de la misma base máxima de 5.000 € anuales.

¿Cuál es el plazo de la deducción por autoconsumo de 2026?

La instalación debe realizarse, terminarse y pagarse entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026, y la deducción se aplica en la renta de 2026. Además hace falta el Certificado de Instalaciones Eléctricas (CIE) y no se puede pagar en efectivo.

¿Puedo sumar la deducción del 10% por autoconsumo y la del 40% por eficiencia energética?

No para la misma instalación en el mismo inmueble. La ley las declara incompatibles, así que hay que aplicar la que corresponda y resulte más favorable.

¿Hay también deducciones autonómicas o bonificaciones del IBI?

Con frecuencia, sí. Varias comunidades autónomas tienen deducciones propias por autoconsumo y muchos ayuntamientos bonifican el IBI y el ICIO por instalar energía solar. La compatibilidad con la deducción estatal conviene confirmarla con un asesor fiscal.

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Fuentes

  1. Ley 35/2006 del IRPF, texto consolidado: disposiciones adicionales quincuagésima y sexagésima segunda (versión publicada el 7 de octubre de 2026) · BOE (Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado)
  2. Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo, por el que se aprueba el Plan Integral de Respuesta a la Crisis en Oriente Medio (art. 36) · BOE
  3. Principales novedades tributarias introducidas por el Real Decreto-ley 7/2026 · Agencia Tributaria
  4. Novedades de normativa 2026: Real Decreto-ley 7/2026 (IRPF) · Agencia Tributaria
  5. Manual práctico Renta 2025: deducción por obras de rehabilitación energética de edificios (ámbitos temporal, subjetivo y objetivo) · Agencia Tributaria
  6. Deducción por obras para la mejora en el consumo de energía primaria no renovable · Agencia Tributaria
  7. Consulta vinculante V1462/2025, de 5 de agosto de 2025: aerotermia, placas solares, ventanas y aislamiento · Dirección General de Tributos (copia publicada por CEF Fiscal Impuestos)
  8. Real Decreto Legislativo 2/2004, Ley Reguladora de las Haciendas Locales: arts. 74.5 (IBI) y 103.2.b (ICIO) · BOE
  9. Manual Renta 2025, Comunitat Valenciana: deducción por cantidades invertidas en instalaciones de autoconsumo · Agencia Tributaria
  10. El autoconsumo consolida su aportación pero encadena tres años de contracción (informe de autoconsumo 2025) · APPA Renovables